RESPONSABILIDAD POR CULPA PATRONAL
La responsabilidad culpa patronal es aquella obligación que recae sobre el empleador en caso de que se produzca un accidente laboral o una enfermedad profesional que afecte al trabajador durante el desempeño de sus tareas o funciones.
La culpa patronal se presenta cuando se acredita que la conducta del empleador fue negligente, omisiva o descuidada, al punto que se hace merecedor del pago de la indemnización.
El fundamento normativo de la responsabilidad por culpa patronal esta consagrado en el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual reza que “cuando exista culpa suficiente comprobada del empleador en la ocurrencia del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, está obligado a la indemnización total y ordinaria por perjuicios”.
Los acontecimientos más comunes de esta clase de responsabilidad, se encuentran en los accidentes laborales generados por falta de capacitación del trabajador, falta de controles de ingeniería falta dotación y uso de elementos de protección personal, falta de supervisión por parte del empleador, falta de identificación de peligros y riesgos, falta de implementación de medidas preventivas frente a peligros y riesgos identificados, falta de mantenimiento e inspección de instalaciones, maquinarias y equipos, y falta de procedimientos e instructivos internos de seguridad y salud en el trabajo.