Municipio de Rionegro y Constructora SINCC fueron condenados a pagar veintiocho mil millones de pesos ($28.000.000.000), por los defectos estructurales y de construcción del Edificio Altos del Lago en Rionegro (Antioquia)
El día 21 de noviembre de 2023, el JUZGADO TREINTA ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, profirió sentencia de primera instancia por medio de la cual se declaró responsable al MUNICIPIO DE RIONEGRO y a la sociedad SOLUCIONES INTEGRALES EN CONSTRUCCIONES CIVILES S.A.S SINCC., por los defectos estructurales y de construcción del Edificio Mixto Altos del Lago P.H., demolido el día 3 de mayo de 2019, y como consecuencia de lo anterior, se condenó solidariamente a los demandados a reconocer el daño emergente (sumas de dinero que fueron pagadas por concepto del precio de la compraventa), el lucro cesante (cánones de arrendamiento dejados de percibir), y los perjuicios morales (aflicción, incomodidades y angustia por la incertidumbre al conocer que su patrimonio estaba en riesgo).
Así mismo, se estableció que le corresponde al MUNICIPIO DE RIONEGRO asumir el veinticinco por ciento (25%) de las sumas reconocidas en la sentencia y a SOLUCIONES INTEGRALES EN CONSTRUCCIONES CIVILES S.A.S SINCC, le corresponde el restante setenta y cinco por ciento (75%) de los perjuicios.
En la sentencia en mención, el JUZGADO TREINTA ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, expresó lo siguiente:
“(…) el Estado, a través de sus municipios y distritos, tiene un papel fundamental en la construcción de viviendas, y el ordenamiento jurídico impone cargas de control y vigilancia permanente durante la ejecución de las obras civiles, en aras de garantizar el cumplimiento de normas urbanísticas y de edificación. Lo que sugiere que el título de imputación adecuado ante la omisión en las funciones de vigilancia control, sea el de falla en el servicio (…).
“En el presente caso es palpable la responsabilidad de la sociedad SOLUCIONES INTEGRALES EN CONSTRUCCIONES CIVILES S.A.S SINCC, en tanto cómo hemos visto a lo largo de la sentencia, el Edificio Mixto Altos del Lago P.H. adolecía de defectos estructurales y de construcción, pues como se resumió en el estudio de repotenciación y/o análisis estructural del Edificio Altos del Lago, ubicado en el municipio de Rionegro – Antioquia», elaborado por SODINSA en virtud de la ejecución del contrato 297 de 27 de noviembre de 2018, que data de enero de 2019, se concluyó que:
«La estructura presenta claras deficiencias en el proceso de construcción, control y calidad de la obra que no garantizan los estándares mínimos requeridos para un adecuado comportamiento estructural. En la visita de campo. Se encontraron múltiples defectos de construcción, tales como fisuras, grietas y regularidades, Discontinuidades, espesores y anchos variables, no solo en los elementos principales de los pórticos (columnas y vigas), sino en los elementos secundarios estructurales (Nervios y losas) y no estructurales, que evidencian una posibilidad no predecible de un proceso de colapso progresivo y que no garantizan la integridad estructural debido a que la estructura podría colapsar por cualquiera de dichos elementos que incluso no tendrían la posibilidad de transmitir las cargas a los elementos principales. La gran cantidad de defectos de construcción se debe a la negligencia y desconocimiento del personal encargado de la ejecución del proyecto, tanto en la supervisión técnica y control como en la mano de obra calificada. En el seguimiento del comportamiento de integridad estructural de la edificación que ha venido realizando la subsecretaría de gestión de riesgo del Municipio de Río Negro, así como el informe de la Universidad Nacional de Colombia, dan muestra de un aumento progresivo en asentamientos diferenciales y ensanchamiento de grietas y fisuras. Este daño progresivo podría interpretarse como una alta probabilidad de encontrarse en un estado colapso progresivo a causa de dichas falencias y sus defectos de segundo orden. Incluso bajo el supuesto que las memorias de cálculo y planos de construcción estuviesen correctos y cumpliendo todo lo estipulado. Por la norma NSR 10. Por las inadecuadas condiciones actuales de la edificación, no es posible plantear un reforzamiento estructural, lo cual sería posible en caso de haber sido construida correctamente. Eugene Freyssinet, Prominente ingeniero francés, decía, “tiene más probabilidad de éxito una estructura mal calculada pero bien construida que otra bien calculada pero mal construida».
“Por lo tanto, el constructor que incumple con sus obligaciones debe reparar los perjuicios que cause por no haber desarrollado la actividad de la construcción con ajuste a la técnica (…).
“Teniendo en cuenta lo anterior, el despacho declarará solidariamente responsables, frente al grupo, al MUNICIPIO DE RIONEGRO, y a SOLUCIONES INTEGRALES EN CONSTRUCCIONES CIVILES S.A.S SINCC”.
Si desea consultar la sentencia del 21 de noviembre de 2023 proferida dentro del proceso 05001333300020190002600, haga clic AQUÍ